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| Estatutos A.U.Q.A.N. Pagina 9 |
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| lunes, 26 de marzo de 2007 | |
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- Ostentar la representación legal, judicial o extrajudicial de la Asociación - Convocar, fijar el orden del día y presidir las reuniones de la Asamblea General y del Órgano de Representación. - Autorizar con su firma, conjuntamente con el Tesorero, las disposiciones de fondos de la Asociación. - Dar el visto bueno a las actas y certificaciones extendidas por el Secretario. Artículo 19º.- Son funciones del Vicepresidente. - Ayudar al Presidente - Sustituir al Presidente en caso de ausencia, enfermedad, imposibilidad, incompatibilidad o delegación de éste Artículo 20º.- Corresponde al Secretario. - Actuar como tal, en las Asambleas Generales y en las reuniones del Órgano de Representación. - Asistir al Presidente. - Ocuparse de la correspondencia y comunicación con los socios, así como con otras entidades. - Llevar el libro de registro de socios y el de actas. - Extender certificados de los acuerdos adoptados por los órganos de la Asociación, con el visto bueno del Presidente.. Artículo 21º.- Son funciones del Tesorero. - Custodiar los fondos de la Asociación y llevar el libro de cuentas - Autorizar, junto con el Presidente, las disposiciones de fondos - Preparar los balances |
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