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| Estatutos A.U.Q.A.N. Pagina 7 |
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| lunes, 26 de marzo de 2007 | |
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Artículo 12º.- Son facultades de la Asamblea General Extraordinaria - Solicitar y aprobar la posible modificación de estatutos de la entidad. - Aprobar la federación con otra Asociaciones. - Autorizar la enajenación, gravámenes e hipotecas de los bienes sociales. - Acordar la disolución de la Asociación y nombrar a sus liquidadores. - Acordar, en su caso, la remuneración de los miembros del órgano de representación. Artículo 13º.- Órgano de Representación. La Asociación la regirá, administrará y representará el órgano de representación denominado Junta Directiva, formado por: un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y tres Vocales. Éstos serán mayores de edad, estarán en pleno uso de sus derechos civiles y no estarán incursos en los motivos de incompatibilidad establecidos en la legislación vigente. Todos los cargos que componen el órgano de representación serán gratuitos. Artículo 14º.- Reglas y procedimientos para la elección y sustitución de sus miembros Los cargos del órgano de representación tendrán una duración de 2 años, pudiendo ser reelegidos al final de su mandato. Se eligirán mediante sufragio libre, igual y secreto de los socios. Causas de cese: - Por fallecimiento o dimisión. - Por dejar de ser miembro de la Asociación. - Por acuerdo de la Asamblea General extraordinaria. |
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