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| lunes, 26 de marzo de 2007 | |
Artículo 7º.- Derechos y Deberes de los Socios
Son derechos de los socios: - Ejercitar el derecho de voz y voto en las Asambleas Generales. - Ser candidato para su elección como miembro de la Junta Directiva. - Recibir información sobre las actividades y los acuerdos adoptados por los órganos directivos. - Acceder a los Libros de Actas y todos los demás documentos de la Asociación - Participar en todas las actividades que promueva la Asociación. - Recurrir los acuerdos de la Junta Directiva ante la Asamblea General, y los de ésta ante los órganos judiciales que legalmente procedan. Son deberes de los socios: - Contribuir económicamente con el pago de las cuotas que sean establecidas. - El cumplimiento de los presentes Estatutos y de los acuerdos que adopten los órganos de la Asociación. - El respeto hacia los órganos y los demás miembros de la Asociación. Artículo 8º.- Pérdida de la calidad de socio.
Se perderá la cualidad de socio por: - Renuncia voluntaria del interesado. - El impago de las cuotas establecidas. - Por acuerdo del Órgano de Representación basado en el incumplimiento de las obligaciones establecidas en los presentes estatutos. El acuerdo del Órgano de Representación podrá ser recurrido por el interesado ante la primera Asamblea General que se celebre. Para la validez de la decisión del Órgano de Representación, será imprescindible la previa audiencia al interesado. En |
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